05 mayo, 2020

Marco Legal: Ley General de Urbanismo y Construcciones (LGUC)

(Tema desarrollado en la página 12, de la OGUC Ilustrada, Tomo I del Urbanismo)

 

La Ley General de Urbanismo y Construcciones (L.G.U.C.) es el cuerpo normativo que fija el marco legal a nivel nacional.

 

Según el Artículo 1º de la L.G.U.C.: Las disposiciones de la presente ley (LGUC), relativas a planificación urbana, urbanización y construcción, y las de la Ordenanza que sobre la materia dicte el Presidente de la República, regirán en todo el territorio nacional.[1]

Por otra parte, el Artículo 2º L.G.U.C. nos dice: Esta legislación de carácter general tendrá tres niveles de acción: Estas son la LGUC, la OGUC y las Normas Técnicas [Figura 1].[2]

 

A continuación presentamos un diagrama con la síntesis de los tres niveles de acción a nivel nacional del marco legislativo (LGUC, OGUC y las Normas Técnicas).

Nota: La O.G.U.C. contempla en el Artículo 1.1.2. definiciones en que sus vocablos tienen el significado expresado en ella, y pasan a ser parte del cuerpo normativo y entendimiento profesional.

 

Figura 1:

Tres niveles de acción: L.G.U.C. / O.G.U.C. / NCh:  

Marco legal LGUC OGUC

 

[1] Artículo 1. Ley General de Urbanismo y Construcciones, Santiago, Chile, Febrero de 2019.
[2] Artículo 2. Ley General de Urbanismo y Construcciones, Santiago, Chile, Febrero de 2019.

 

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OGUC ilustrada