02 diciembre, 2022

Ascensores

¿Sabías que al momento de incluir ascensores en tu proyecto es necesario tener en cuenta múltiples aspectos, los cuales te indicarán cuántos ascensores necesitas, dónde, y de qué tipo o dimensiones se requieren? La información que está a continuación es un extracto del Capítulo D de la OGUC Ilustrada, Vol. II de la Arquitectura:

 

Tal como lo indica el Art. 1.1.2 de la O.G.U.C. un ascensor corresponde a un aparato elevador que se instala de manera permanente en edificios privados o públicos, que cuenta al menos con una cabina para trasladar personas entre distintos pisos o niveles.

En el Art. 4.1.11 de la OG.U.C. la norma indica cuándo se requerirá contar con ascensores, debiendo determinar su cantidad, diseño y características, por el estudio de ascensores respectivos, es decir, dependiendo de el uso que tendrá el edificio y la cantidad de niveles que éste posea.

También hay que tener en cuenta el diseño de las cabinas de ascensores con los requerimientos generales de Accesibilidad Universal indicados en el Art. 4.1.7. O.G.U.C. Es por eso que en la OGUC Ilustrada Vol. II de la Arquitectura está explicado todo esto y más, de manera gráfica y sintética cada punto de las exigencias de la O.G.U.C. Visítanos en www.ogucilustrada.cl para enterarte de las novedades.